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PARTIDA
DE NACIMIENTO
Requisitos
y Procedimiento:
Para el registro de un niño nacido en el exterior,
de padre y/o madre venezolanos por nacimiento o naturalización,
de unión matrimonial o no-matrimonial, el (los) presentante
(s) deberá(n) cumplir con los siguientes requisitos:
DE
ACUERDO AL ARTÍCULO 32 DE LA CONSTITUCION
NACIONAL SON VENEZOLANOS POR NACIMIENTO:
1.
Toda persona nacida en el territorio de la República.
2. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija
de padre venezolano por nacimiento y madre venezolana por
nacimiento.
3. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija
de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por
nacimiento, siempre que establezcan su residencia en el territorio
de la República o declaren su voluntad de acogerse
a la nacionalidad venezolana; y
4. Toda persona nacida en territorio extranjero de padre venezolano
por naturalización o madre venezolana por naturalización,
siempre que antes de cumplir dieciocho años de edad,
establezcan su residencia en el territorio de la República
y antes de cumplir veinticinco años de edad declaren
su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.
Los Requisitos para Registro de Nacimiento son los
siguientes:
1. Planilla
de Solicitud.
2. Partida de nacimiento original (Long Form
Birth Certificate) emitida por el Gobierno de la Provincia
que le corresponda y autenticado por el Departamento de Asuntos
Exteriores canadiense. Ver ejemplos: Alberta,
Ontario,
British Columbia,
Manitoba,
Saskatchewan,
Nunavut y los Territorios del Noreste y del
Yukon).
Foreing Affairs Canada, Authentification
and Service of Documents Section (JLAC).
Lester B. Pearson Building
125 Sussex Drive
Ottawa, Ontario
Telephone: (613) 995-0119
Fax: (613) 944-7078.
3. Documentos originales de identidad de
ambos padres y dos (02) fotocopias legibles: Pasaporte, Cédula
de Identidad y/o Partida de Nacimiento.
4. Pasaporte y/o I.D. para los extranjeros cuando uno de los
padres no es venezolano. A tal efecto deberá firmarse
en representación de su menor hijo la Declaración
de Voluntad de acogerse a la Nacionalidad Venezolana (Artículo
32 Ordinales 3ro. y 4to. de la Constitución Nacional).
La Declaración es elaborada por el Consulado General.
5. Original y dos (02) fotocopias legibles
de la Gaceta Oficial o Constancia de Naturalización
en caso de que uno o ambos padres sean naturalizados venezolanos.
6. Acta de matrimonio. (En caso de estar casados).
7. Llenar e imprimir la Estadística
de Nacimiento, la Planilla
de Registros Civiles y el Extracto
del Acta de Nacimiento.
8. Los declarantes, previamente establecida una cita, deberán
presentarse en este Consulado General, a los fines de firmar
los documentos respectivos.
Si el Consulado General cuenta con material de pasaportes
y a solicitud de los representantes del menor, debe ser expedido
el pasaporte correspondiente (Ver
expedición de Pasaportes)
Este
trámite está exento de pago
Registro de menores nacidos en el exterior de padres
y/o madre venezolano (a/s) presentados por un apoderado especial.
1. Los menores nacidos en Canadá deben ser presentados,
por sus padres, según corresponda el caso en: la Embajada
de la República Bolivariana de Venezuela en Otawa,
o ante los Consulados Generales de Venezuela en Montreal o
en Toronto. Este procedimiento es indispensable para la obtención
de la Partida de Nacimiento Venezolana, y posteriormente la
Cédula de Identidad.
2. Si lo anterior no se efectuó durante la estadía
en este país, los padres podrán apoderar a una
persona para que efectué el mencionado Registro en
su nombre, ante este Consulado General. El Poder debe ser
notariado en Venezuela y cumplir con lo establecido por las
Leyes Venezolanas, antes de ser enviado, en original, al apoderado,
para ser presentado ante este Consulado General.
3. El apoderado deberá consignar los Requisitos
para Registro de Nacimiento y;
4.
Documentos originales de identidad del apoderado
y dos (02) fotocopias legibles: Pasaporte, Cédula de
Identidad y/o Partida de Nacimiento.
Este trámite está exento de pago
Información General:
Cumplidas las formalidades de ley, los documentos originales
serán enviados mediante los Despachos de Relaciones
Exteriores e Interior y Justicia, a los efectos de ser insertados
en el registro civil correspondiente la Parroquia del último
domicilio en Venezuela.
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