Los mandatos o poderes constituyen un contrato mediante el cual una persona se obliga gratuitamente, o mediante salario, a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra, que la ha encargado de ello.
El Poder puede ser Especial o General.
El Poder Especial será para un negocio o para ciertos negocios u acción específica.
El Poder General será para todos los negocios del mandante, en este caso, no corresponde más que a casos de administración y disposición.
Para poder transigir, enajenar, hipotecar o ejecutar cualquier otro acto que exceda de la administración ordinaria, el mandato debe ser expreso en ese sentido.
El poder se extingue por revocación, renuncia del mandatario, muerte, interdicción, quiebra o cesión de bienes del mandante o del mandatario; inhabilitación del mandante o del mandatario.
Documentos requeridos para el otorgamiento de un Poder
- Llenar e imprimir la Planilla de Solicitud
- El original del Poder debe estar redactado y visado en español por un Abogado Venezolano.
- Preferiblemente se debe especificar el número de impreabogado.
- En caso de estar casado el otorgante, el Poder debe indicar que su cónyuge lo autoriza a dicho otorgamiento, de conformidad con lo previsto en el Código Civil.
- Copia del pasaporte o cédulas de identidad de los otorgantes y del cónyuge, de ser el caso, y la de los otorgados. NOTA: NINGUNA FOTOCOPIA DESDE SER CORTADA. TRAIGA LA PÁGINA COMPLETA.
- Si el Poder es para vender un inmueble, se requiere copia del Documento de Propiedad del inmueble que se va a vender.
- Si se trata de una persona que va a otorgar un Poder en nombre de una Compañía, se requieren los Estatutos de la Compañía, a los fines de verificar que la persona está autorizada para otorgar ese Poder. Si los Estatutos no dicen nada, se requiere una autorización de la Junta Directiva o de la Asamblea, según lo digan los Estatutos, para que esa persona pueda conferir.
- Cualquier otro documento que se mencione en el Poder.
- DESPUÉS DE LA REVISIÓN Y LA CORRESPONDIENTE CITA, el Poder DEBE SER ENVIADO POR CORREO ELECTRÓNICO en formato .DOC (para ser abierto en Microsoft Word). Este documento debe ser el original, redactado por el abogado y debe ser posible editar el texto, por lo consiguiente, no es necesario el sello del abogado. La dirección de email a la que el poder debe ser enviado es: poderesconsulven@hotmail.com
El otorgante deberá comunicarse con este Consulado General a fin de coordinar todos los detalles relativos al envío y firma del documento, los recaudos que deberá presentar y lo concerniente a los Derechos Consulares a cancelar.
El otorgante deberá hacer llegar el texto del Poder con antelación al funcionario consular actuante, a fin de que este transcrito para la fecha indicada.
El Poder Especial
Es para un determinado asunto o negocio del poderdante en Venezuela. El costo de éste es de CIEN DÓLARES ESTADOUNIDENSES (US$ 100.00). Pagaderos en cheque certificado (money order) a nombre del CONSULADO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
El Poder General
Es para todos los asuntos o negocios del poderdante en Venezuela, otorga plenas facultades de administración y disposición de todos sus bienes. El costo de es de TRESCIENTOS DÓLARES ESTADOUNIDENSES (US$ 300.00). Pagaderos en cheque certificado (money order) a nombre del CONSULADO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.